Dentro del proceso 2015-140 del medio de control de reparación directa, cuya pretensión ascendía a la suma de DOSCIENTOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE; en audiencia inicial efectuada el 31 de mayo de 2017, la Apoderada del Departamento presento la excepción de falta de legitimación por pasiva. El Juzgado Séptimo Administrativo acepto la excepción presentada y ordeno la desvinculación del proceso para el Departamento de Nariño.